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Rodrigo Bonilla

Identificación: 119945
Creado: 2008-01-31 23:51
Modificado: 2009-10-04 10:39
Refreshed: 2010-03-16 10:20

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Parte I – Un sistema alimentario cambiante

1. Agricultura, alimentación y reglas globales
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Geoff Tansey

Este capítulo presenta una breve perspectiva del sistema alimentario dominante actualmente, en el que cuatro palabras clave –poder, control, riesgos y beneficios– se consideran vitales para los principales agentes del sistema. Discute la dinámica del sistema y después hace una breve descripción de la ficción legal que es la propiedad intelectual –patentes, derechos de autor, protección de variedades vegetales, marcas registradas, etc.– mientras continúan creciendo los problemas asociados con ella, como las reglas globales. Finalmente, el capítulo estudia el creciente papel de la propiedad intelectual en la alimentación y la agricultura y los problemas que rodean esta tendencia.

Introducción

Han surgido serias dudas sobre la viabilidad a largo plazo del modelo de agricultura industrial que se está extendiendo desde el mundo industrializado a los restantes países. Sin embargo, la viabilidad a largo plazo de la agricultura es fundamental para garantizar alimentos a toda la gente de este planeta (Recuadro 1.1), Muchas personas exigen ahora enfoques ecológicamente más sostenibles para la agricultura, basados en la biodiversidad y la ecología. Otros, sin embargo, seguros de la capacidad inventiva de la humanidad o en respuesta a sus intereses industriales, consideran que el camino que hay que seguir para avanzar es una mayor intensificación de los enfoques industriales en la agricultura. Así, la dirección que ha de seguir la agricultura en el futuro es fuertemente contestada (Lang y Heasman, 2004).

Lo que está claro es que existen graves fallas en un sistema alimentario que globalmente deja que 850 millones de personas estén desnutridas y más de mil millones con demasiado peso (300 millones de los cuales son obesos). Unos 2 mil millones de personas sufren también escasez de vitaminas y micronutrientes. La desnutrición en mujeres embarazadas y bebés puede tener efectos irreversibles, mientras que las vidas de las personas obesas están amenazadas por enfermedades no transmisibles relacionadas con la dieta, como la diabetes y los ataques cardíacos.

Durante décadas, los gobiernos han hecho grandes esfuerzos para terminar con el hambre y ocuparse de la desnutrición, especialmente en la Cumbre Mundial de la Alimentación celebrada en la sede de la FAO en Roma en 1996 (Recuadro 1.2). También han reconocido, al menos desde la primera conferencia global sobre el medio ambiente en Estocolmo en 1972, que el impacto ambiental y las consecuencias de la actividad humana en el planeta son fundamentales para nuestra supervivencia. Sin embargo, se ha tardado casi 20 años en reconocer internacionalmente el papel central de la biodiversidad, como base para unos ecosistemas sanos (ver Capítulo 5).

Recuadro 1.1 Niveles y elementos de la seguridad alimentaria

A nivel mundial, la seguridad alimentaria depende de una serie de cosas, como son:

• nuestra capacidad para minimizar/gestionar/reaccionar al cambio climático y trastornos en la producción de alimentos, manteniendo niveles adecuados de existencias y teniendo en el lugar dispositivos de distribución en caso de emergencia; y

• la garantía de nuevas tecnologías aumenta esta capacidad y no incrementa el riesgo de trastornos importantes en el suministro de alimentos debidos a problemas imprevistos en la viabilidad ecológica.

Regional y nacionalmente incluye:

• mantenimiento de la capacidad para producir y/o importar los alimentos necesarios para una población, y garantía de un sistema de distribución o ayudas que posibiliten que toda la gente dentro de sus fronteras produzca o adquiera los alimentos que necesita (mediante producción, compra o planes especiales);

• mantenimiento de un sistema I + D (investigación y desarrollo) que incluya a los agricultores y que sea capaz de proporcionar continuas mejoras en todos los aspectos de los sistemas productivos utilizados por la totalidad de los agricultores del país, y que haga frente a la variabilidad (agro-ecológica y económica) y a los cambios climáticos; y

• garantizar que los habitantes rurales y urbanos sean capaces de asegurar sus medios de vida y de esta forma tengan acceso a los alimentos que necesitan, ya sea mediante producción directa, compra o trueque.

A nivel de la comunidad y de la familia, la seguridad alimentaria requiere:

• la capacidad continua para mantener unos medios de vida que permitan la producción /compra de los alimentos necesarios de una forma adecuada;

• el uso de estrategias de manejo del riesgo, adecuadas a las necesidades y costumbres locales para prevenir el empobrecimiento;

• la prevención de conflictos y del uso de alimentos como arma;

• el apoyo a aquellos que están en áreas/ambientes marginales para aumentar la productividad, o si son obligados a salir de allí, que haya posibilidades alternativas de medios de vida; y

• la distribución equitativa entre sexos, entre familias y dentro de las familias.

Fuente: Tansey (2002).

En los años 80 y 90 se discutió la biodiversidad agraria, que ha sido desarrollada a través de la actividad creativa de los agricultores durante miles de años y es una necesidad para la seguridad alimentaria. La preocupación por la erosión genética y la continua pérdida de muchas variedades de plantas, importantes para la supervivencia humana, dio lugar a una conferencia extraordinaria de la FAO en 1996 y a un Plan Global de Acción para combatir la pérdida de la biodiversidad genética en las plantas. Desgraciadamente, están empezando ahora a ser motivos de preocupación pérdidas similares de la diversidad genética animal, pero dista mucho de ser suficiente la acción en ambos sectores.

Otro reciente cambio ha sido la rápida extensión de un sistema legal (patentes) desarrollado para promover la innovación de objetos inanimados al área de los organismos vivos. Esto fue fomentado por EE.UU. en los años 80. Está relacionado con la aplicación comercial de una revolución importante en nuestra comprensión de la biología que permite nuevas técnicas, como la ingeniería genética y su aplicación a la medicina y a la agricultura en particular. Para algunos, la idea misma de extender las patentes al mundo de los seres vivos es intrínsecamente mala. Para otros, los problemas sólo aparecen si hay consecuencias adversas. El intento de extender las patentes no sólo se debe a los intereses comerciales en la biología, sino también a los desarrollos en la ciencia de la información y la capacidad para codificar digitalmente y manipular todo tipo de información.

Recuadro 1.2 Buenas palabras pero pobre ejecución

Todo el mundo tiene derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar de sí mismo y de su familia, incluidos los alimentos (Declaración Universal de los Derechos del Hombre. 1948).

Los estados… reconocen el derecho fundamental de cada uno a no pasar hambre (Acuerdo Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966).

Todo hombre, mujer y niño tiene el inalienable derecho a no pasar hambre ni desnutrición, para desarrollarse completamente y mantener sus facultades físicas y mentales. La sociedad actual posee ya suficientes recursos, capacidad de organización y tecnología y, por consiguiente, la competencia para lograr este objetivo. En consecuencia, la erradicación del hambre es un objetivo común de todos los países de la comunidad internacional, especialmente de los países desarrollados y de otros en situación de prestar ayuda (Conferencia Mundial sobre Alimentación, 1974).

Nos comprometemos a actuar solidariamente para garantizar que sea una realidad no pasar hambre (Conferencia Internacional sobre Nutrición, 1992).

Nosotros, los jefes de Estado y de Gobierno, o nuestros representantes, reunidos en la Cumbre Mundial de la Alimentación invitados por FAO, reafirmamos el derecho de todos a tener acceso a una alimentación adecuada y el derecho fundamental de todos a no pasar hambre.

Comprometemos nuestra voluntad política y nuestra responsabilidad común y nacional para lograr la seguridad alimentaria para todos y un esfuerzo continuo para erradicar el hambre en todos los países, con una inmediata intención de reducir el número de gente desnutrida a la mitad de su actual nivel no más tarde de 2015.

Los alimentos no deben utilizarse como instrumento de presión política ni económica. Reafirmamos la importancia de la cooperación y solidaridad internacionales, así como la necesidad de abstenerse de medios unilaterales no conformes con las leyes internacionales y la Carta de la Naciones Unidas, y que pongan en peligro la seguridad alimentaria (Cumbre Mundial de la Alimentación, 1996).

En 1970 había aproximadamente 960 millones de personas hambrientas. Hoy hay algo más de 100 millones menos.* Por supuesto que hoy hay mucha más gente en el mundo que cuando tuvo lugar la Cumbre Mundial de la Alimentación en 1974 –convocada después de la hambruna en Etiopía a principios de los años 70, lo que indica que ha habido cierto progreso en alimentar desde entonces a la gente. Sin embargo, este progreso no ha ido suficientemente lejos. La producción de alimentos en general –aunque no en el África Subsahariana– ha seguido el ritmo o superado el crecimiento de la población. Por otra parte, la obesidad no era un problema global importante, aunque preocupaba a algunos, especialmente en EE.UU.

El mundo está en peligro de no poder hacer frente al objetivo relativamente modesto acordado en la Cumbre Mundial de la Alimentación de 1996, de reducir a la mitad el número de personas hambrientas en 2015. Incluso este objetivo fue rebajado en los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en los que la meta de reducir a la mitad la proporción de gente hambrienta fue más moderada, pero también esto puede fallar.

Nota: * En 1969-1971 había más de 960 millones de personas desnutridas en los países en desarrollo. Esta cifra ha caído a 820 millones en 2001-2003, con otros 24,7 millones en países en transición y 9,3 millones en países industrializados, lo que hace un total de 854 millones.
Fuente: FAO.

En un mundo con problemas, empresas y mercados globales, las respuestas y reglas nacionales ya no son suficientes para tratar de resolver las cuestiones ambientales, económicas y alimentarias. Nuevos procesos globales de negociación han conducido a una serie de nuevos tratados sobre comercio, biodiversidad y recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, que se han visto influenciados por los intereses de algunos países en patentes y otras formas de propiedad intelectual (PI).

Nuevas instituciones, nuevos retos

En el siglo XXI, nuevas instituciones que producen reglas globales están reestructurando el marco en el que la gente vinculada a la alimentación trabaja –desde los pequeños agricultores y familias agrarias hasta las empresas globales. Sin embargo, debido al peso político que tienen en los países desarrollados, dichos países tienen un impacto desproporcionado en la determinación de las reglas globales cada vez más cambiantes, dentro de las cuales tienen que operar los diferentes agentes del sistema alimentario.

De estos cambios surgen algunas preguntas clave. ¿Cuál será el impacto a largo plazo de estas reglas globales? ¿A qué intereses servirán? ¿Ayudarán a hacer que el sistema alimentario sea más funcional, reduciendo todas las formas de mala nutrición, desde la desnutrición hasta la nutrición exagerada, de una forma ecológicamente sostenible? Pero para contestar a estas preguntas, necesitamos conocer cuáles son las reglas, cómo han surgido y qué puede hacerse con ellas en el futuro. Este libro proporciona una guía de algunas de las reglas globales que:

  • rigen el comercio, en particular las que relacionan las reglas comerciales con las reglas sobre patentes, derechos de autor, marcas registradas y otras forma de PI. Éstas favorecen a algunos en detrimento o exclusión de otros, en teoría para el beneficio social y económico de todos (Capítulos 2, 3 y 4);

  • pretenden conservar y fomentar el uso de la enorme biodiversidad del planeta y garantizar la participación en los beneficios de su uso (Capítulo 5); y

  • contienen disposiciones especiales para la biodiversidad en el reino vegetal (aunque todavía no en el animal), tratando sus exclusivas características como una forma de mantener globalmente la futura seguridad alimentaria.

Diferentes intereses han estado propulsando las diversas negociaciones sobre estas reglas, que también han conducido a la creación de nuevas instituciones globales. Quizá la más importante de ellas ha sido la creación, en 1995, de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que surgió de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales iniciadas en 1986, bajo el Acuerdo General sobre Tarifas y Comercio (GATT). La diferencia fundamental entre la OMC y las organizaciones existentes de Naciones Unidas –agencias especializadas como la Organización Mundial de la Salud y la FAO, o la que se ocupa del Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB), que administrativamente forma parte del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) –es que la OMC tiene un mecanismo vinculante de resolución de disputas respaldado con sanciones. Esto significa que los países que no pueden cumplir sus reglas se enfrentan a consecuencias reales, lo cual no es el caso en la mayoría de las otras agencias internacionales, excepto el Consejo de Seguridad de NU.

Cuando la OMC fue creada, situó por primera vez a la agricultura completamente bajo el régimen comercial, introduciendo reglas sobre sanidad vegetal y animal (niveles sanitarios y fitosanitarios) y la PI. Sin embargo, las reglas PI fueron introducidas en la OMC en contra de los deseos de los países en desarrollo, y con relativamente escasa participación de la mayor parte de los interesados en los países desarrollados. De hecho, estas reglas fueron promovidas e inicialmente redactadas por un pequeño grupo de agentes transnacionales de cuatro importantes industrias – cinematográfica, musical, informática y farmacéutica y biotecnológica (Drahos, 1995; Drahos y Braithwaite, 2002; Matthews, 2002; Sell, 2003). Este grupo vio que en los mercados globales necesitaban normas globales sobre la PI si su modelo empresarial quería sobrevivir, e intentaron conseguir los beneficios procedentes de la explotación de nuevas oportunidades tecnológicas. Una consecuencia importante de la inclusión de las reglas PI en la OMC es que la PI era introducida en la agricultura por primera vez en muchos países, dado que las reglas OMC requieren el patentado de microorganismos y la protección de las variedades vegetales a través del Acuerdo sobre Aspectos de Derechos de la Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC).

Un problema que se presenta aquí es que estas negociaciones a nivel global que tienen lugar en diferentes organismos internacionales, fueron llevadas a cabo por diferentes departamentos ministeriales –como medio ambiente, agricultura, comercio y oficinas de patentes– y son difíciles de entender o de influir para muchos interesados. Es difícil que los países con bajos o pequeños ingresos participen en ellas eficientemente, debido a la necesidad de conocimientos específicos y de los altos costos. Esta complejidad hace a veces difícil conseguir políticas coherentes en las diferentes áreas (Petit et al., 2001). Así, aunque se requieren cada vez más instituciones, tratados, acuerdos y regímenes, pues los sistemas comerciales agrarios y ambientales son cada vez más globales, los problemas surgen cuando el ámbito de las reglas y los regímenes coinciden (exigiendo interpretaciones legales y negociaciones). Por otra parte, cuando las competencias de diversos regímenes son similares, pero las disposiciones de uno son consideradas más beneficiosas, los países comparan y sopesan a cuál régimen adherirse en función de las posibles ventajas para los intereses nacionales.

Antes de discutir en profundidad la PI, necesitamos primero examinar el cambiante sistema alimentario.

Política alimentaria y un sistema alimentario cambiante

Nos enfrentamos a enormes retos para garantizar una dieta sostenible, segura, suficiente y nutritiva (en otras palabras, sana), equitativa y culturalmente adecuada para todos, lo cual debe ser el objetivo de la política alimentaria y de un sistema alimentario funcional (Tan-sey y Worsley, 1995), Sin embargo, pocos gobiernos han intentado conscientemente vincular los diferentes elementos de la política nacional a la problemática de la alimentación y elaborar así políticas alimentarias coherentes. Una razón de ello es su complejidad. La política alimentaria trata de todo lo que influye sobre el conjunto de relaciones y actividades que interactúan determinando qué y cuántos alimentos se producen, a través de qué métodos y para quiénes se producen y distribuyen, y por quiénes son consumidos. Se ocupa de la economía alimentaria, que es un subconjunto de una economía más amplia (OCDE, 1981).

Los hombres somos muy adaptables y podemos tener mucha variedad de dietas, como muestra la variedad de cocinas campesinas, desarrolladas a partir de lo que se dispone localmente. Por otra parte, estas dietas han cambiado, absorbiendo nuevas plantas y animales y suministrando nuevos productos a medida de que los hombres se han extendido por el planeta, de que han surgido y desaparecido imperios, y de que el rico ha buscado platos más sofisticados y el pobre ha pretendido tener lo que el rico tenía. Dondequiera que nos encontremos hoy, los alimentos que comemos podrían haber sido diferentes, y probablemente lo hayan sido en el pasado. Lo que comemos tiene una historia, y la historia no es simplemente una historia de alimentos, sino una historia de cultura y sociedad.

Los alimentos son una necesidad básica para vivir. Comemos alimentos, no nutrientes, y diferentes alimentos cumplen una amplia variedad de roles en nuestras vidas, no simplemente en términos de sustento, sino en términos fisiológicos, sociales y culturales. Empleamos los alimentos como recompensa, por placer, para expresar la posición económica y las preferencias culturales y religiosas, etc. A pesar de que es suficiente la disponibilidad de alimentos en el mundo, no obstante continúa habiendo enormes diferencias en la cantidad y calidad de los alimentos que la gente come, como ya hemos visto.

Los alimentos proceden de nuestro medio ambiente –la gente tiene que cultivarlos o recogerlos, pescarlos o cazarlos. El suministro continuado de alimentos depende de conservar un medio ambiente sano y de tener disponible una gran diversidad de plantas y animales que nos permita continuar seleccionando variedades que puedan hacer frente a enfermedades, cambios climáticos y otras dificultades a los que se enfrentan los agricultores, ganaderos y pescadores. Por ello, la biodiversidad es crucial. Y ello significa que el bienestar ecológico es un requisito fundamental para nuestros futuros suministros de alimentos, y que el nuevo desarrollo tecnológico necesita tenerlo en cuenta (Grupo ETC, 2004).

Actores e intereses

Existen muchos grupos diferentes de actores implicados en llevar los alimentos que comemos a nuestras bocas (Tansey y Worsley, 1995), a menos que vivamos una vida que se autosuministra. La mayor parte de los actores que se encuentran en los países industrializados –suministradores de insumos agrarios, agricultores, procesadores y fabricantes de alimentos, distribuidores, obreros y servidores de alimento– puede que se hallen en la misma familia en comunidades de pequeños agricultores. Incluso entonces, existe probablemente la necesidad de tener otros suministradores de combustibles o fertilizantes, comerciantes a los que vender los excedentes y minoristas o mayoristas a los que comprar. Para la mayoría de los habitantes de pueblos y ciudades y gente de los países ricos, o personas ricas que viven en países pobres, lo que se puede obtener para comer depende ampliamente de otros. Los diversos actores del sistema alimentario están implicados en una lucha sobre quién tendrá poder y control sobre la producción y suministros de alimentos, y cómo se distribuirán los beneficios y los riesgos que surjan de las diferentes actividades. Cada vez ocurre más que el dinero procedente de los alimentos no va a los agricultores, sino a los que los suministran y a los intermediarios entre ellos y nuestras bocas.

Afortunadamente, no necesitamos mucha comida para vivir sanamente. Una dieta sana pude obtenerse de una mezcla relativamente simple de una fuente básica de carbohidratos, complementada con algunas fuentes de proteínas, frutas y hortalizas –en las que las grandes cocinas del mundo suelen basarse-, aunque algunas comunidades, por ejemplo los esquimales, tienen incluso dietas más especializadas vinculadas a ambientes especiales. Nuestra limitada necesidad de alimentos, sin embargo, plantea un problema a las empresas que trabajan en la alimentación, especialmente si son empresas públicamente cotizadas. Esta limitada demanda ejerce más presión en las empresas alimentarias que en muchas otras. Pensemos, por ejemplo, en un par de zapatos, una radio, un CD, un televisor o un coche. Se puede incrementar su consumo muchas veces –se pueden tener 10 pares de zapatos, 50 CD, tres radios, dos televisores y dos coches– sin ningún perjuicio físico derivado de ello. Pero no se puede aumentar el consumo de alimentos básicos dos, tres o cuatro veces sin serios daños –como estamos viendo con la epidemia de obesidad que se extiende por el mundo.

La presión sobre las empresas aumenta la competencia entre ellas, el deseo de encontrar nuevas tecnologías que les proporcione una ventaja sobre otras, buscar medios para incrementar la productividad del dinero, tierra o personas utilizadas en el negocio, y diversificar lo que comenzaron a hacer introduciéndose en otras actividades, productos –especialmente productos de alto valor– o mercados.

Tendencias y herramientas

Tres tendencias fundamentales han influido en la forma como se ha desarrollado el sistema alimentario – de hecho el sistema económico en general. En primer lugar, una creciente concentración de poder en algunos de los sectores – desde los suministradores de insumos agrarios como el agroquímico, las empresas de energía y equipamiento, hasta los comerciantes minoristas y servidores de alimentos – significa que cada vez menos empresas controlan más y más el mercado. El Recuadro 1.3 ilustra esta tendencia para la industria de insumos agrícolas, un área donde cambiar las reglas PI es importante para alimentar las tendencias. El poder del mercado, cada vez más concentrado, posibilita la capacidad de estos grandes agentes para influir en los precios, reducir la competencia y establecer niveles dentro del sector (Murphy, 2006; Vorley, 2003). Una reciente evolución ha sido que:

La industria fitogenética está ahora muy concentrada en media docena de empresas importantes que mantienen un número considerable de patentes clave sobre el germoplasma. También están cubiertas por PI las correspondientes tecnologías instrumentales… El control ejercido por estas empresas sobre las patentes y las redes de distribución de semillas ha aumentado considerablemente las barreras que impiden que nuevas firmas entren en el campo de desarrollo del germoplasma (Falcon y Fowler, 2002, pp 204-205).

En segundo lugar, existe un cierto desplazamiento de los mercados locales a los mercados nacionales, regionales y globales, con algunos grandes actores que ven cada vez más el mundo como un mercado global y se organizan para ser activos en él. Y la tercera tendencia es buscar herramientas cada vez mejores, más seguras y efectivas que ayuden a controlar los riesgos a los que se enfrentan los diferentes actores y garantizar los beneficios deseados. Las diversas herramientas empleadas para el control son ciencia y tecnología, informática, gestión y leyes, reglas y reglamentos.

Ciencia y tecnología

Aunque con frecuencia se habla conjuntamente de la ciencia y de la tecnología, no son la misma cosa. No es necesario tener una correcta comprensión científica de algo para desarrollar una tecnología que funcione. Ensayo y error, tratamiento de las cosas como cajas negras, donde hacer X produce Y, sin comprender exactamente por qué, es suficiente para desarrollar muchas formas de tecnología. A veces, sin embargo, es necesaria una revolución en el conocimiento científico para concebir nuevas tecnologías. Éste fue el cambio que Einstein trajo a la física cuando demostró que la materia y la energía eran intercambiables, lo cual abrió las posibilidades de la energía nuclear. Otra revolución parecida ha tenido lugar en biología, con la comprensión de que los organismos vivos crecen y se desarrollan a través de expresiones de genes, codificados en ADN, que están construidos a partir de cuatro bloques. Esta comprensión hace que sea posible concebir ciertos modos de reestructurar los organismos vivos y da origen a la ingeniería genética y a otros aspectos de la moderna biotecnología, tales como clonación, genómica y selección asistida por marcadores. Ahora es posible sintetizar nuevas formas de vida (biología sintética), aunque la conveniencia de hacerlo y los efectos a largo plazo son acaloradamente debatidos. Estas posibilidades están en la mente de diferentes actores que pretenden reestructurar muchos organismos vivos de valor comercial para la agricultura. Las preguntas que surgen con estas posibilidades son si ellos deben hacerlo; quién asume los riesgos y obtiene beneficios si lo hacen; y los posibles efectos e implicaciones a largo plazo.

Recuadro 1.3 Seguimiento de la tendencia hacia la concentración de mercados. El caso de la industria de insumos agrarios*

Existe una clara evidencia sugiriendo una tendencia hacia una mayor concentración de los mercados en varias fases de los diversos sectores de productos. Centrándonos en el sector de los insumos agrarios, en los últimos años ha habido un proceso de consolidación en el agronegocio global (por medio de desinversiones, fusiones y compras), cuyo resultado son unas pocas empresas importantes integradas, controlando cada una de las cuales líneas patentadas de productos químicos agrarios, semillas y características biotécnicas. Se ha observado un significativo incremento en la concentración de la industria agroquímica, con tres grandes empresas que representan casi la mitad del mercado. Entre 2004 y 2005 ha habido un recrudecimiento de absorciones en la industria de semillas y cambios en el ranking (con la compra de Seminis en 2005, Monsanto ha sobrepasado a DuPont en el mercado global de semillas). Algunas de las mayores compañías agroquímicas se han diversificado contundentemente hacia la biotecnología vegetal y el negocio de semillas, presagiando un movimiento hacia una convergencia sin precedentes entre los segmentos clave del mercado agrario (productos agroquímicos, semillas y tecnología agrícola).

Además de las fusiones y compras, otro aspecto del cambio estructural de interés en esta área es que ha aumentado la “coordinación”, que típicamente se refiere a disposiciones contractuales, alianzas y prácticas tácitas de connivencia. A nivel horizontal, es evidente una tendencia hacia una cooperación estratégica mayor entre los mayores competidores en el sector de la biotecnología agraria. También es interesante observar una coordinación hacia arriba y hacia abajo en toda la cadena alimentaria, con el establecimiento de grupos de dicha cadena que combinan los insumos agrícolas (productos agroquímicos, semillas, y caracteres genéticos) con un amplio manejo, procesado y servicios comerciales.

Por una parte, la necesidad de consolidar portafolios de patentes y asegurarse así la libertad para operar parece haber creado incentivos para las extensas fusiones y compras que han tenido lugar entre la biotecnología agraria y las empresas de semillas, y para otras respuestas cooperativas poco distantes de una plena integración (tales como las licencias cruzadas). Por otra parte, debido a la amplitud de la protección concedida al poseedor de patentes (las empresas de semillas o biotecnología), la concentración en la biotecnología agraria está otorgando a las grandes empresas un poder sin precedentes frente a los agricultores y otros interesados. En particular, la privatización y el patentado de las innovaciones agrarias (caracteres genéticos, tecnologías de transformación y germoplasma de semillas) han suplantado a las prácticas agrarias tradicionales agrarios sobre semillas y derechos de los agricultores, tales como el derecho a guardar y volver a sembrar semillas recolectadas de la anterior cosecha. En algunas jurisdicciones, la privatización y el patentado de la innovación agraria han tenido como consecuencia una drástica erosión de estos derechos tradicionales de los agricultores, y la reafirmación de líneas patentadas sobre tecnologías de semillas y contenidos genéticos ha cambiado a los agricultores de ser “propietarios de semillas” a meros “poseedores de licencias” de un producto patentado.

Nota: * Éste es el resumen de un estudio con este título preparado por la Secretaría de UNCTAD, Conferencia de UN sobre Comercio y Desarrollo de 20 de abril de 2006.

Información, gestión y leyes

La información es otra herramienta que los diferentes actores utilizan para influir en los hábitos alimentarios. Algunos tipos de información pueden ser diseñados para informar o educar, mientras que otras formas se emplean en el mercado o publicidad, promoviendo relaciones públicas o ejerciendo presión para políticas específicas. La expansión de los medios globales de comunicación, difundiendo similares imágenes en todo el mundo, ayuda a fomentar la globalización de los productos y refuerza las imágenes de marca, normalmente protegidas por marcas registradas o derechos de autor.

Comprender e influir en el comportamiento del consumidor se ha convertido en el principal interés de las empresas minoristas. Hoy en día, la ciencia cognoscitiva está aumentando la comprensión de las motivaciones y comportamientos humanos, y la comprensión de esto puede ayudar a los grandes actores a emplear medios cada vez más sutiles para influir en las actitudes de la gente y en sus hábitos de la compra. La tecnología de la información y los métodos de procesamiento de datos –que influyen en la capacidad para realizar procedimientos científicos básicos, como la secuenciación de genes, y para gestionar empresas, suministrar logística en cadena y hacer un perfil de los consumidores –son empleados también ampliamente por muchos de los grandes actores.

Otras herramientas de gestión, como la logística, también pueden ser usadas por las empresas para determinar el sistema de suministros más ventajoso. Por ejemplo, el mayor minorista alimentario del Reino Unido y un actor cada vez más global, Tesco, invirtió grandes cantidades en suministrar logística en cadena en los años 80. En los países industrializados, la organización del trabajo ha cambiado de una producción a pequeña escala, basada en la artesanía, a una fase de producción en masa a gran escala, que ahora con frecuencia emplea técnicas rápidas de elaboración y de almacenamiento. En los Estados Unidos, estos métodos empresariales son patentables.

Las actividades de información y gestión suelen ser del dominio exclusivo de empresas y gobiernos, y se centran en los niños, otras empresas o consumidores –la gente que influye o toma decisiones sobre qué comprar en las economías de mercado. Sin embargo, a diferencia de los principales actores del sistema –los suministradores de insumos y procesados, empresas minoristas y de servicios que están capacitados para utilizar las herramientas de la información y gestión-, los consumidores son individuos no organizados. No obstante, los consumidores pueden tener un efecto significativo sobre la formulación de políticas cuando actúan en masa, por ejemplo al dejar de comprar carne por el miedo a la enfermedad de las vacas locas (encefalopatía espongiforme bovina – EEB), o a través de grupos de consumidores. Por otra parte, las empresas pueden simplemente abrir un nuevo nicho en el mercado para servir a un grupo específico de gustos o intereses de consumidores.

El marketing, las relaciones públicas y la publicidad influyen conjuntamente en el comportamiento de la gente. Mucho esfuerzo y recursos se emplean en estas herramientas, que son más fácilmente utilizadas por los grandes actores para promocionar su particular producto, enfoque o imagen.

Sin embargo, cuando los consumidores actúan como ciudadanos, pueden llegar a impactar el contexto en el que todos los demás actores operan, influyendo en la elección del gobierno y las leyes, reglas y reglamentos que los gobiernos aprueban para equilibrar la diversidad de intereses de la sociedad. Cuando se desarrollan y se aplican las leyes a nivel nacional, existe una mayor oportunidad de que una amplia gama de gente afectada por los cambios pueda expresar su opinión sobre la determinación de estos cambios. Esto se hace más difícil cuando el proceso que elabora normas se hace más global, y son organizaciones intergubernamentales internacionales las que establecen las reglas. Para conseguir unos resultados justos y equilibrados, tanto nacional como internacionalmente, es importante que el proceso elaborador de las reglas no se vea atrapado por los intereses creados.

Un conjunto de reglas que ha pasado de ser aprobado nacionalmente, por el interés económico nacional, a ser promovido globalmente como niveles mínimos a los que todo el mundo tiene que adherirse, es el se refiere a la PI, y a este tema nos referimos a continuación con más detalles.

Una ficción legal – la Propiedad Intelectual

Orígenes de la PI

Pero, ¿de dónde viene la PI? Como P. Drahos señala, “la Propiedad Intelectual” es un término genérico del siglo XX empleado para referirse a un grupo de regímenes legales (como patentes, marcas registradas y derechos de autor) que comenzaron su existencia independientemente unos de otros y en diferentes tiempos y lugares (Drahos, 1996, p 14). Estas diferentes estructuras proporcionan a los creadores e inventores una protección legal contra el que copie o use su obra o invento sin permiso. Algunos protegen el conocimiento intelectual que existe tras las innovaciones tecnológicas (patentes) y otros protegen las obras creativas como libros, películas y música (derechos de autor). La PI también incluye las marcas registradas, como las relacionadas con mercancías de marca, indicaciones geográficas como el queso Stilton y el champagne, y secretos comerciales como la fórmula de la Coca-Cola o las líneas parentales de las plantas híbridas. Estas diferentes formas de PI son una clase inventada de propiedad intangible – pero que vale para algunos tanto como el petróleo, el oro o la tierra. Las sociedades elaboran las reglas que las rigen a través de procesos políticos que dependen, en sus resultados, de los ejercicios de poder (May, 2000). No son un fenómeno natural como la gravedad que espera ser descubierta. En la actual economía de mercado, que se basa en los conocimientos, el control de los denominados “derechos de la propiedad intelectual” (DPI) ayuda a controlar los mercados e influye en la distribución de la riqueza y el poder (Recuadro 1.4).

El mismo concepto ordinario de la propiedad no es un fenómeno natural, sino un concepto elaborado socialmente. Para algunos pueblos indígenas o grupos religiosos, por ejemplo, la idea de propiedad sobre la tierra o el agua, fundamental en la mayoría de las ideas actuales de propiedad tangible, es literalmente una “tontería” y no figura en su forma de contemplar el mundo. La idea de crear una forma intangible de la propiedad, que se desarrolló en los últimos siglos en Europa, es “enteramente una elaboración legal” (May, 2002). En otras palabras, los seres humanos, al menos los que tienen poder en la sociedad, la inventan y después intentan justificarla (Recuadro 1.5). Para ser socialmente aceptable en la sociedad europea, por ejemplo, la noción de PI requería también una sociedad suficientemente secularizada para aceptar que el genio creativo era un carácter personal, no un regalo divino, que los productos intelectuales tenían que tener un valor comercial por su propio derecho y que los derechos privados tenían que ser distinguibles de los soberanos (Lesser, 1997).

Recuadro 1.4 ¿Qué son los derechos de la PI?

Los derechos de la PI son recursos legales e institucionales para proteger creaciones de la mente como los inventos, obras de arte y literatura, y diseños. También incluyen marcas de productos para indicar su diferencia con otras similares que venden los competidores. Durante años, el concepto* bastante elástico de la propiedad intelectual (y posiblemente erróneo) ha sido ampliado para incluir no sólo patentes, derechos de autor, marcas y diseños industriales, sino también secretos comerciales, derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales, indicaciones geográficas y derechos para diseñar circuitos integrados. De estos, las patentes, los derechos de autor y las marcas registradas son posiblemente los más significativos en términos de su importancia económica, papel histórico en la industrialización de Europa y América del Norte y actual posición como principales pilares del derecho internacional sobre propiedad intelectual.

Las patentes proporcionan a los inventores facultades legales para impedir que otros utilicen, vendan o importen sus inventos durante un período fijo de tiempo, hoy en día 20 años normalmente. Los solicitantes de una patente tienen que convencer a la autoridad que otorga las patentes nacionales de que el invento descrito en la solicitud es nuevo y susceptible de aplicación industrial (o meramente “útil”** en los Estados Unidos) y de que su creación ha supuesto un paso inventivo o no sería obvio para un profesional capacitado. Los monopolios de las patentes son sumamente valiosos para las empresas.

Los derechos de autor proporcionan a los autores protección legal de diverso tipo para sus obras literarias o de arte. Los derechos de autor protegen a los autores garantizándoles derechos exclusivos para vender copias de su obra en cualquier forma tangible (publicación impresa, grabación de sonido, películas, etc.) que se utilice para transmitir sus expresiones creativas al público. La protección legal cubre la expresión de las ideas contenidas, no las ideas en sí. El derecho dura mucho tiempo, normalmente la vida del autor más 50-70 años.

Las marcas registradas son herramientas de marketing utilizadas para apoyar la afirmación de una empresa de que sus productos o servicios son auténticos o distintivos, comparados con productos o servicios similares de los competidores. Normalmente contienen un diseño distintivo, palabra o serie de palabras colocadas en una etiqueta del producto. Corrientemente, las marcas registradas pueden ser renovadas indefinidamente, aunque en la mayoría de las jurisdicciones esto está sujeto a un uso continuo. El propietario de la marca tiene el exclusivo derecho de impedir a terceras partes que usen marcas idénticas o similares en la venta de bienes o servicios idénticos o similares allí donde hacerlo es probablemente causa de confusión. Uno de los principales beneficios de las marcas registradas para el público es que ayudan a evitar tal confusión.

Notas:* Es importante observar que la PI no se presta a cualquier definición exacta que satisfaga a todo el mundo. Así, un reciente documento publicado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual ha expresado cierto escepticismo, completamente razonable, sobre su validez:

La propiedad intelectual, concebida en términos generales, puede ser considerada como un nombre poco apropiado, porque no cubre necesariamente las “obras intelectuales” como tales –cubre activos intangibles de diverso origen, cuya necesidad no implica una obra intelectual abstracta; ni necesita ser definida ni protegida por los derechos de propiedad solamente (los derechos morales de los autores y la reputación de los comerciantes no son sujeto de la propiedad, bajo el concepto de una ley civil) (WIPO, 2002a, p 9).

** Aunque la utilidad parece que es un requisito menos exigente, es posible que un invento reclamado pase el test de la aplicabilidad industrial en Europa, pero no lo pase en los Estados Unidos. Como explica Alan Gallochat, asesor del Ministerio de Tecnología francés, “uno puede imaginar un producto o proceso que da una respuesta a un problema técnico o que supone ciertos pasos de naturaleza técnica, pero sin ninguna utilidad; tal invento, patentable según el sistema europeo, no debe ser patentable según el sistema americano” (Gallochat, 2002, p. 5).

Fuente: Tomado de Dutfield, 2003a, pp. 1-2.

Históricamente, las reglas de la PI han sido resultado de decisiones nacionales basadas en intereses económicos nacionales. Los países con interés nacional en tener fuertes reglas de patentes debido a haber producido mucha tecnología, por ejemplo, crearon tales reglas, y los que no tenían esta capacidad no lo hicieron. Los países se copiaron las tecnologías unos a otros, ofrecieron derechos de patentes en forma selectiva (reconociendo, por ejemplo, a inventores nacionales sobre los extranjeros), o simplemente no permitieron patentes sobre ciertos productos, tales como las medicinas (Capítulo 3). Los tratados internacionales sobre patentes y derechos de autor se originaron en Europa y los Estados Unidos, y los países se adherían a ellos si les convenía. Algunos no adoptaron completamente las reglas internacionales existentes. Por ejemplo, hasta mediados de los años 80, los Estados Unidos protegieron la industria nacional de impresión negando derechos de autor a autores extranjeros, a menos que sus libros se imprimieran en los Estados Unidos.

Incluso hoy, las patentes tienen que solicitarse en cada país, aunque existen mecanismos que capacitan a las empresas a solicitarlas en muchos países al mismo tiempo, a través de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI, ver Capítulo 4). OMPI es una institución internacional en la que tienen lugar muchas discusiones internacionales sobre PI, pero ya no es la única, después de la introducción del Acuerdo sobre Aspectos de Derechos de la Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) como parte del paquete de Acuerdos OMC (Capítulo 2). En la OMPI, los países son libres de adherirse a cada uno de los diversos acuerdos individualmente. Esto planteó un problema a aquellos países e industrias que querían defender sus intereses económicos con un régimen de PI global y les condujo a introducir niveles mínimos para la protección de PI a través de la OMC.

Recuadro 1.5 Justificar la PI no es nada sencillo

Justificar la PI es una tarea inmensa. Las deficiencias de las justificaciones tradicionales de la propiedad se hacen más graves cuando se refieren a la PI. Tanto la naturaleza no exclusiva de los objetos intelectuales como la presunción contraria a permitir restricciones sobre el libre flujo de ideas, crean problemas especiales para justificar esta propiedad… Centrarse en el problema de justificar la PI es importante, no porque estas instituciones carezcan de cualquier tipo de justificación, sino porque no son tan evidente y fácilmente justificadas como mucha gente cree. Tenemos que empezar a pensar de una manera más abierta e imaginativa sobre las elecciones alternativas que se nos presentan para estimular y compensar el trabajo intelectual (Hettinger, 1989, pp. 51-52).

Las patentes no solamente garantizan un esquema de derechos de la propiedad, sino que promueven el proceso de la invención de dos formas que pueden considerarse como intrínsecamente políticas. Una es designar clases de cosas que pueden considerarse como propiedad. La extensión de las patentes a nuevos campos altera nociones básicas de lo que es un producto y de quién puede reivindicar la propiedad sobre él. Cuando se concede una patente a un producto biológico, tiene el efecto de pasar la cosa que se está patentando de la categoría de naturaleza a la categoría de artificio –profundo cambio metafísico que, al menos en teoría, debe invitar a la deliberación pública. La segunda función política es distributiva. Las patentes otorgan derechos de propiedad dentro de los sistemas de producción, premiando a algunos participantes más que a otros en el proceso de descubrimiento. Por ejemplo, los nombres de los investigadores y de los técnicos de laboratorio raramente se citan en las solicitudes de patentes, ni estos individuos participan normalmente en los procedimientos económicos de los inventos específicos. Las instituciones en las que se lleva a cabo el trabajo inventivo obtienen, por el contrario, la mayor parte de las regalías. De esta forma, las patentes actúan como instrumentos de distribución económica (Jasanoff, 2005, p. 204).

Preocupaciones sobre la PI

El fortalecimiento y la extensión del régimen de PI han causado una serie de preocupaciones sobre el impacto del nuevo régimen de PI en los países con ingresos bajos o medianos, especialmente los efectos en la salud, en particular en función del acceso a las medicinas, tales como las vacunas contra el SIDA en África o las técnicas básicas de diagnóstico para detectar el cáncer de pecho. Similares preocupaciones sobre los efectos de la PI en el acceso a las semillas y a los conocimientos necesarios para la investigación y desarrollo están siendo planteadas por una serie de profesores de Universidad, políticos y ONG como GRAIN y el Grupo ETC. Estas preocupaciones incluyen el impacto de la PI en quien hace la investigación y desarrollo, cómo y si los pequeños agricultores pueden continuar cultivando, especialmente en países con ingresos bajos y medianos, y la concentración de poder cada vez mayor en los diversos sectores del sistema alimentario (Capítulo 8). Otros temas de preocupación son la forma en la que se acordaron estas reglas y se extendieron globalmente, y las continuas presiones para que los países en desarrollo adopten niveles cada vez más altos de protección de la PI (Capítulo 7). Un asunto importante es si el nuevo régimen PI tiene el justo equilibrio de intereses entre los que reciben los privilegios que la PI ofrece y los afectados negativamente por ella. Otro tema es la necesidad de que las reglas PI estén en un régimen de regulación más amplio que pueda poner freno a la tendencia al monopolio y abuso (tales como los cárteles) que la PI puede originar.

El gobierno del Reino Unido reconoció las complejidades y preocupaciones sobre la PI en su Libro Blanco sobre Desarrollo Internacional en 2000, y creó una Comisión sobre los Derechos de la Propiedad Intelectual (Comisión DPI) para considerar “cómo deben desarrollarse las reglas de la propiedad intelectual en el futuro para tener más en cuenta los intereses de los países en desarrollo y de los pueblos pobres”. En septiembre de 2002, la Comisión le dio su informe al Secretario de Estado para el Desarrollo Internacional en el Departamento para el Desarrollo Internacional (DFID) observando que:

Los países en desarrollo … negocian desde una posición de relativa debilidad… El impacto inmediato de la protección de la propiedad intelectual es beneficiar financieramente a los que tienen conocimientos y poder, y aumentar el costo de acceso a los que no lo tienen (Comisión DPI, 2002, p. 47).

También dio cuenta de que:

Los países en desarrollo no deben generalmente proporcionar protección a las patentes de plantas y animales…debido a las restricciones que las patentes pueden plantear en el uso de semillas por agricultores e investigadores… La extensión de la protección de la propiedad intelectual corre el riesgo de restringir los derechos de los agricultores a volver a utilizar, intercambiar y vender semillas, las mismas prácticas que constituyen la base de su papel tradicional en la conservación y desarrollo (Comisión DPI, 2002, pp 66-68).

El mayor debate sobre la PI

¿Tener…

Los defensores de un fuerte régimen de PI sostienen que éste proporciona el incentivo necesario, la compensación apropiada y la seguridad requerida para la inversión en I + D que produzca innovaciones que mejoren la calidad de vida. Históricamente, se han utilizado dos principales argumentos morales y filosóficos para premiar a la gente creativa e innovadora. Uno deriva del punto de vista del filósofo alemán del siglo XIX Hegel –que una idea pertenece a su creador porque la idea es una manifestación de la personalidad del creador. La otra está sacada del trabajo sobre la propiedad real realizado por John Locke, filósofo inglés del siglo XVII –que la utilidad de los objetos físicos o naturales se produjo a través del esfuerzo humano y que los que emplearon dicho esfuerzo tenían derecho moral al uso exclusivo de tales objetos (May, 2000).

Hoy, en la práctica, el fundamento para proteger los activos intangibles creados por la PI en los países industrializados es esencialmente utilitario –con la utilidad centrada en la promoción de la innovación asumiendo que ésta aporta beneficios a todos. Por ejemplo, los conocimientos sobre cómo fabricar algo, a diferencia de un objeto físico como un trozo de pan, pueden ser utilizados o consumidos por una persona sin limitar su uso por otras. Compartir los conocimientos con otros no reduce entonces la cantidad que se tiene, que es diferente de compartir un trozo de pan. Sin embargo, podría reducir la ventaja que se pudiera obtener si fuéramos el único que conociera algo o se nos permitiera excluir a otros de utilizar lo que sabemos. El problema es que aunque la difusión más amplia posible de los nuevos conocimientos contribuye a la mayor eficiencia económica, si todos son libres para emplear tales conocimientos, los inventores tienen pocos incentivos para invertir en producirlos. Las diversas formas de PI impiden ese compartir (en general temporalmente), transformando los conocimientos de un bien público compartido en un bien privado. En otras palabras, la PI crea escasez donde no es necesario. Esto da a los titulares de PI un marcado poder de mercado y les permite el uso de la fijación monopolística de los precios, a través de la cual pueden resarcirse de los gastos de investigación y desarrollo. Las mentes creativas y las empresas innovadoras tienen así un incentivo para comprometerse en actividades inventivas. El régimen PI desempeña así un importante papel en el sostenimiento de la innovación dirigida al sector privado, así como en permitir a las empresas el establecer y conservar poder de mercado.

Este argumento supone la principal base de la protección otorgada por las patentes, derechos de autor, derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales y otros tipos de PI. Sin embargo, las diversas formas de PI en los diferentes países difieren en cuanto a lo que es idóneo para ser protegido, al alcance (qué puede protegerse) y la duración de la protección, y a las posibles excepciones a los derechos exclusivos. Esto refleja el hecho de que son una concesión otorgada por una sociedad mediante leyes que ella misma elabora, leyes que favorecen a un grupo específico con amplios objetivos sociales (aumento de la creatividad y de la inventiva) y tratan de equilibrar los intereses de los productores y usuarios de obras intelectuales.

La Unión Europea (UE) claramente considera que la PI está desempeñando un papel que ayuda a garantizar los intereses económicos de sus miembros en el desarrollo y aplicación de la moderna biotecnología. Entre las medidas propuestas por la Comisión Europea, en un plan de 30 puntos, está la creación de un “fuerte sistema europeo de protección de la propiedad intelectual armonizado y asequible, que funcione como un incentivo de I + D e innovación” (CEC, 2002, p. 25), como un apoyo para utilizar todo el potencial de la biotecnología y aumentar la competitividad del sector europeo de la biotecnología.

… o no tener?

En un estudio que examina las principales justificaciones de la PI –sea para compensar a los autores o para promover la innovación-, el científico Chris May sostiene que su propósito real hoy en día es proteger las inversiones financieras. En algunos países esto se identifica con el interés nacional. May observa que, al negociar para establecer nuevas reglas PI en la OMC en el Acuerdo sobre los ADPIC, los Estados Unidos las consideran como una forma de “mantener su ventaja competitiva en el sistema global” (May, 2000, p. 119). Esto no es considerarlas como una forma de transferir tecnología actualizada, sino más bien de mantener la diferencia entre los países con tecnología y los que no la tienen, para garantizar una ventaja nacional. Sin embargo, May afirma que esta diferencia se legitima al utilizar la PI justificada sobre la base “no de ventajas, sino de derechos de los innovadores individuales de conocimientos”. Esta visión del régimen expansivo de la PI como uno de los medios para prevenir el desarrollo es descrito más gráficamente por el economista Ha Joon Chang, quien habla de “derribar a patadas la escalera” (Chang, 2002).

James Boyle, catedrático de la Facultad de Derecho de Duke, mantiene que los efectos de un régimen PI global serán generalizados y no tan beneficiosos cono sus defensores sugiere. Ayudó a redactar una declaración que decía que:

A pesar de las exaltaciones de las industrias internacionales de la información, más derechos de propiedad intelectual pueden realmente significar menos innovación, menos heterogeneidad en los cultivos y el medio ambiente y un mundo de debate público menos informado (Boyle, 1996, p 197).

Básicamente, esto se debe a que los DPI pueden sostener una estructura comercial altamente concentrada dominada por grandes firmas, que utilizan estas reglas para impedir que otros amenacen su posición. Sostiene Boyle que los DPI están siendo empleados como una nueva serie de cercas en lo que antes eran “bienes comunes globales” –incluida la información genética codificada en los genes de las personas, plantas, animales y microorganismos (Boyle, 2001). Esto es parte de lo que Peter Drahos considera como una tendencia hacia el “propietarismo –un credo que dice que el poseedor debe tomar todo, que los privilegios de la propiedad deben superar a los intereses de la comunidad y que el mundo y su contenido están abiertos a la propiedad” (Drahos, 1996, p. 202).

Drahos advierte contra la idea de que los DPI son derechos. En su lugar, debemos pensar más bien que son privilegios.

A diferencia de las leyes de la propiedad real, la ley de la propiedad intelectual plantea derechos sobre objetos abstractos… Los DPI son privilegios controlados por reglas que regulan la propiedad y explotación de objetos abstractos en muchos campos de actividad humana… son privilegios de una especial clase que se inmiscuyen en la libertad… promueven facciones y niveles peligrosos del poder privado. Desde el punto de vista de la justicia distributiva, su alcance debe ser limitado… existen fuertes razones para apoyar a los derechos de la propiedad privada, pero debemos hacerlo de forma contingente con una mentalidad consecuente… guiados por una consideración filosóficamente defendible del papel de la propiedad en la vida social y en la cultura democrática (Drahos, 1996, pp. 1, 5).

Drahos considera que los DPI globales y más fuertes resultan en una nueva forma de “feudalismo”. Esto es debido a que ellos cambian las relaciones sociales de forma que los individuos débiles nunca “posean” cosas como software o semillas. En su lugar, las empresas titulares de los derechos sólo les conceden licencias a los compradores para utilizar estas cosas de forma muy limitada, de manera que quedan excluidos de actos sociales importantes asociados a la propiedad real – la capacidad para prestar, participar, regalar o vender (Drahos y Braithwaite, 2002). Así, los temas referentes a la PI van mucho más lejos del mero enfoque sobre la alimentación y la agricultura.

Derechos no, sino privilegios

Haríamos una reflexión más exacta de la realidad si dejásemos de utilizar el término “derechos de la propiedad intelectual” y en su lugar habláramos de “privilegios del monopolio (o exclusión) empresarial”. Utilizando un lenguaje más preciso, evitaríamos también cualquier confusión con discusiones sobre derechos humanos (ver Capítulo 7). El lenguaje del privilegio, incluso si estos privilegios son mantenidos más por la ley que por la costumbre, ayuda a clarificar los mecanismos políticos y de poder que conducen a que algunos sean más favorecidos que otros. También hace que sea más claro su propósito instrumental, que está orientado a operaciones comerciales creativas e inventivas en una amplia serie de campos, entre los cuales la agricultura se ha convertido en un reciente objetivo.

También puede hacer que sea más fácil deshacer la terminología bastante desconcertante de los DPI. Esta terminología ha combinado lo que se solía llamar “propiedad industrial”, como marcas registradas, patentes y diseños industriales, con los derechos de autor. Estos últimos están relacionados, especialmente en Europa, con nociones de derechos morales de los autores para ser identificados con sus obras y que no se deforman esas obras.

Problemas de patentes

Para muchos constituye una gran preocupación la extensión de requisitos mínimos de protección de patentes a los países en desarrollo, a través del Acuerdo sobre los ADPIC de la OMC (Capítulo 3). Esto se complica más aún, ya que se trata de un sistema que fue desarrollado para la innovación en objetos inanimados, y que se ha extendido, en algunos países, hasta cubrir organismos vivos o parte de ellos. Se supone que las patentes proporcionan beneficios a sus propietarios y a la sociedad en general. Las patentes se otorgan en los Estados Unidos sobre la base de que ha habido un invento de algo nuevo, útil y no evidente; en Europa sobre la base de ser novedoso, de tener aplicaciones industriales y de suponer un paso inventivo. Una preocupación importante actualmente, incluso en los Estados Unidos y en Europa, es que el significado de estas palabras ha sido devaluado y que se están concediendo patentes de pobre calidad a “inventos” que carecen de novedad y de un paso inventivo.

Por otra parte, “el acuerdo básico sobre patentes funciona en realidad solamente en teoría. En la práctica, ambas partes engañan”, sostiene el catedrático de Información y Organización de la Universidad de Sheffield, Stuart Macdonald:

Lo que es evidente es que la patente ofrece protección sólo cuando el titular puede permitirse hacer cumplir sus derechos, lo que puede significar que el pobre no tenga ninguna protección en absoluto… Y si la sociedad engaña al no proporcionar la protección que el inventor tiene derecho a esperar del sistema de patentes, el inventor engaña también. Solamente en teoría proporciona el inventor a la sociedad la información del invento; en la práctica, revela la información requerida por el sistema de patentes, pero no la información requerida por la sociedad para reproducir y desarrollar su invento. (Macdonald, 2001).

Esto plantea cuestiones sobre la justicia del sistema, si no es equitativo en su funcionamiento, y sobre la posibilidad de que su aplicación no logre satisfacer los objetivos para los que ha sido diseñado. Actualmente, las patentes están también distribuidas globalmente de forma muy irregular, pues “los países industrializados tiene el 97 por ciento de todas las patentes del mundo (PNUD, 1999, p. 68).

El economista norteamericano Keith Maskus escribe:

Hay razones legítimas para estar preocupados por los niveles altamente protectores que han aparecido recientemente en los Estados Unidos y en la UE. Las leyes y sus interpretaciones jurídicas proporcionan amplia protección a las patentes en software e inventos biotecnológicos. También promueven amplios derechos en la formulación de bases de datos, lo cual podría tener un efecto negativo en la investigación científica. Queda por ver si tales niveles inclinan la balanza dentro de esas jurisdicciones hacia los derechos privados de los inventores y lejos de las necesidades de competidores y usuarios. No es demasiado pronto para asegurar que son inapropiados para las economías en desarrollo y para los importadores netos de tecnología. (Maskus, 2000, pp. 237-238).

La clara evidencia de que el sistema de patentes ha estimulado el desarrollo de nuevos productos y tecnologías, que de otros modo no se habrían desarrollado, sólo es válida para unos pocos sectores, como el farmacéutico –e incluso aquí lo es sólo básicamente “para aquellas enfermedades en las que existe un gran mercado en el mundo desarrollado” (Comisión DPI, 2002, p. 33). El fundamento de las patentes en la industria farmacéutica, por ejemplo, es que los derechos exclusivos que conceden permiten a la industria poner precios altos en sus productos y resarcirse así de los costos de investigación y desarrollo (I + D). Una vez que los medicamentos dejan de estar protegidos por patentes y los suministros genéricos entran en el mercado, los precios caen, a veces drásticamente, haciendo que las medicinas sean más accesibles para los pobres. Sin embargo, en los productos farmacéuticos, donde la mayor parte de I + D está dirigida comercialmente, la industria no ha producido, sin algún incentivo por parte del gobierno, medicamentos dirigidos hacia las enfermedades de los pobres, o aquellas que sufren relativamente pocas personas. Mucha investigación básica es también realizada por el gobierno y después cedida a las empresas para su comercialización. De hecho, los consumidores pagan por ella dos veces, primero a través de los impuestos que financian la investigación del gobierno y después a través de los altos precios de los medicamentos patentados que financian las actividades empresariales. Estos problemas han ocasionado amplios debates en el sector de la salud sobre el efecto de los regímenes de patentes sobre el acceso a las medicinas, especialmente en los países en desarrollo (MSF, 2004; Roffe et al., 2006).

En otros sectores, se considera a veces que las patentes tienen efectos anticompetitivos; sirven para garantizar y fortalecer la posición de los líderes del mercado y limitan la entrada de nuevos competidores. Ciertamente fueron utilizadas de esta forma en el siglo XIX (Jenkins, 1975). En caso extremo, pueden realmente ralentizar el ritmo de la innovación si una firma dominante posee una poderosa concentración de patentes, que limita la capacidad de otras empresas para mejorar los productos y las tecnologías existentes y actúa de forma anticompetitiva.

Aunque los políticos han intentado limitar los efectos adversos de las patentes revisando la legislación de la PI, la política de competencia y otras regulaciones empresariales, las implicaciones anticompetitivas de las patentes siguen siendo un problema; las patentes mancomunadas y las licencias cruzadas entre pocas empresas de hecho crean un cártel que mantiene fuera a los demás. Estas inquietudes han tomado nuevo impulso con la aparición de patentes sobre productos y procesos biotecnológicos, que cubren herramientas fundamentales de investigación, genes humanos, plantas y otros organismos vivos sometidos a ingeniería genética.

La PI en la alimentación y la agricultura

La PI ha invadido el sistema alimentario industrializado de hoy. La publicación Gowers de la PI en el Reino Unido dio el ejemplo de un bote de café de una marca muy conocida:

El contenido de un bote, la tapa y el cierre hermético pueden estar protegidos por las patentes. Los derechos registrados o no registrados de diseño pueden también proteger la tapa y la forma de envase. Los derechos de autor pueden proteger las ilustraciones de las etiquetas, y las marcas registradas pueden proteger la forma del bote, etiquetas, colores empleados y nombres de marca. (Gowers, 2002, p. 1).

De los consumidores…

Hablando en términos generales, los diversos tipos de PI son utilizados más por algunas empresas que por otras, muchas veces basándose en si venden a un consumidor final o producen para comerciantes o agricultores dentro de la empresa. Las marcas, las indicaciones geográficas y los secretos comerciales son ampliamente empleados por las empresas y actores que tratan con el consumidor final. El uso de marcas registradas está a veces vinculado a otras herramientas de control, como la publicidad de marcas. Probablemente se harán cada vez más esfuerzos para proteger las marcas e incrementar la cuota de mercado. En 1993, el presidente de Unilever, la multinacional anglo-holandesa, llamó a los valores de marca “los artículos más valiosos de nuestra administración” y consideró “el poder de nuestras marcas como el motor de crecimiento a largo plazo” (Tansey y Worsley, 1995, p. 115). Durante ese año, la compañía gastó casi el 12 % de la facturación (3.284 millones de libras esterlinas) en publicidad e inversión promocional. En 2000, Unilever anunció planes para deshacerse de tres cuartas partes de sus 1.600 marcas y centrarse sólo en 400 en todo el mundo. En 2002, su presidente dijo: “Estamos cada vez más interesados en el crecimiento de nuestras marcas líderes y ocuparnos de otras marcas de forma que incrementen el valor de las acciones de la compañía” (Burgmans y Fitzgerald, 2002). Otras compañías globales con muchas menos marcas individuales invierten también en publicidad y marketing. Por ejemplo, CocaCola gastó más de 2,5 mil millones de dólares en publicidad, mientras que los gastos generales y administrativos de McDonald’s se elevaron a más de 2,3 mil millones de dólares. Estas cifras representan mucho más que el presupuesto anual de la OMC y aproximadamente tres años del presupuesto de la FAO 1. Sin embargo, como indica el estudio de la Comisión para la Alimentación del Reino Unido, existe una relación inversa entre lo que se anuncia y lo que se recomienda como una dieta sana (Dalmeny et al., 2003).

Así como las técnicas de mercado y de marketing en masa, especialmente en un mercado cada vez más globalizado, avanzan en los países de bajos y medianos ingresos, así también los principales actores hacen uso de las diversas formas de PI en su estrategia de desarrollo empresarial. En las sociedades urbanas servidas por múltiples minoristas –los supermercados se están extendiendo rápidamente-, la publicidad y las imágenes de los medios de comunicación son cada vez más importantes, y si los agricultores no tienen una marca importante, no conseguirán que sus mercancías estén en las estanterías de los minoristas. Normalmente, sólo dos o tres marcas superiores de un producto dado lo hacen realmente.

Para algunos productos se utiliza una combinación de productos de marca ampliamente anunciados (que se basan en marcas registradas) y secretos comerciales –la fórmula de la Coca-Cola es la más famosa. Para otros, que elaboran un producto en una forma particular o región, la designación de un nombre vinculado a la región y al método de producción supone una herramienta de marketing que les permite sacar provecho de su singularidad. Estas indicaciones geográficas (otra forma de PI) son de considerable importancia en algunos alimentos, por ejemplo el queso Roquefort y el jamón de Parma. Normalmente, esta designación surge de una actividad bien establecida que tiene un reconocimiento nacional y elabora productos buscados por los consumidores. La capacidad de los pequeños productores para encontrar mercados para sus propios productos no anunciados, o para desarrollar nuevas indicaciones geográficas que ellos mismos apenas pueden promover, es muy diferente de la de aquellos cuyas cadenas de suministros orientan hacia productos de marcas promovidas nacional, regional y globalmente.

… a los productores

Cuando los jardineros compran una rosa u otra planta ornamental en un centro de jardinería, pueden encontrar una nota pegada que indica que no se les permite tomar esquejes o propagar de otra forma las plantas que compran. Lo mismo ocurre en el caso de algunos agricultores y cultivadores de plantas, que encuentran restricciones colocadas en los envoltorios de las semillas. Esto es posible porque los titulares de otra forma de PI, en este caso los derechos de los obtentores de nuevas variedades vegetales, o en algunos lugares las patentes, pueden legalmente impedir a la gente que haga las cosas que podría haber hecho de otra forma, como sembrar semillas recogidas en una cosecha anterior que ellos mismos habían cultivado.

Para los agricultores de las partes ricas del mundo que compran semillas, fertilizantes, piensos, productos agroquímicos y equipo, y para los investigadores que desarrollan nuevas razas, variedades y productos para usarlos por sí mismos, las formas clave de la PI son los derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales (Capítulo 2) y las patentes (Capítulo 3). Estas formas de PI influirán cada vez más en el control de la producción de alimentos, en un mundo en el que cada vez son más corrientes la ingeniería genética y la selección comercial. Sin embargo, allí donde los agricultores de los países en desarrollo son el centro de las ventas de semillas, parece que los productores de semillas hortícolas consideran que las marcas son tan importantes como la protección de las variedades vegetales, al menos según el autor de un reciente estudio (Louwaars, comunicación personal, 2006), que examinó el impacto de la protección de las variedades vegetales en el sector de obtenciones vegetales y de semillas en los países en desarrollo (Louwaars et al., 2005). Los secretos comerciales son también potencialmente importantes cuando se utilizan para proteger híbridos, manteniendo en secreto las líneas parentales, pero estos son difíciles de hacer cumplir en la mayoría de los países. Aunque estas formas de PI han sido empleadas en los países urbanizados e industrializados durante décadas, todavía son muy nuevas en muchos países con bajos y medianos ingresos.

Poder de las patentes

Las patentes son muy importantes para el desarrollo de los productos agroquímicos y para muchos desarrollos polémicos de la biotecnología moderna (Barton, 2003; Recuadro 1.3), especialmente la ingeniería genética y la nueva nanotecnología. Los productos agroquímicos han sido patentables desde hace mucho tiempo; pero es recientemente –en 1980– que se ha permitido por primera vez que un microorganismo manipulado genéticamente sea patentado en los Estados Unidos, después del caso Diamond v. Chakrabarty del Tribunal Supremo en 1980 (Dutfield, 2003a, 154ff). En unos años se permitió que fueran patentados, también en los Estados Unidos, plantas y animales, o partes de ellos como los genes (aunque una forma especial de patente sobre plantas reproducidas asexualmente ha estado disponible desde los años 30 en EE.UU.). Una vez que se amplió la ley para cubrir a los organismos vivos en EE.UU., las compañías pudieron entonces introducirse y trabajar en esta área, pues podían recoger los beneficios impidiendo a los demás que utilizaran tales organismos a través del sistema de patentes. Esto produjo ciertas presiones en otros países industrializados para que se les permitieran similares extensiones en sus respectivas leyes de patentes, aunque muchas restringieron la patentabilidad a los organismos manipulados genéticamente, no permitiendo que los organismos que aparecen naturalmente fueran patentados.

La capacidad de la ingeniería genética de abrir nuevas oportunidades en todo el mundo provocó una expansión del interés del sector privado por la investigación agraria en los países industrializados. Esto tuvo lugar al mismo tiempo que la I + D públicos en agricultura disminuía y perdía su orientación hacia los beneficios prácticos de los agricultores. En su lugar, la I + D financiados por el sector público se centra cada vez más en una investigación básica que produce resultados que sólo pueden ser utilizados por las grandes empresas que tienen centros de I + D (Millstone y Lang, 2003, p. 40; ver también Capítulo 8).

Las empresas implicadas en la transformación, dirigida por el sector privado, de los insumos básicos para la agricultura quieren un conjunto de reglas y reglamentos que les permitan garantizar unos beneficios de su I + D y evitar gastos. Si pueden, las compañías desean naturalmente impedir que otros copien sus nuevos productos – o que los compradores los reproduzcan. Esto se puede hacer de dos formas. Una es por medios legales, a través de patentes y otras normas de PI. Esto ha producido un choque entre los derechos reales de propiedad de los agricultores a utilizar sus tierras y los derechos de los titulares de patentes (Recuadro 1.6). El otro medio es tecnológico. Los híbridos procedentes de la selección vegetal, por ejemplo, que no se reproducen realmente y pierden sus características reproductivas en las siguientes generaciones, son uno de estos métodos (Lewon-tin, 1993). Esto crea una especie de semilla “estéril económicamente” y promueve también un enfoque planificado de la obsolescencia de la producción de variedades (Rangnekar, 2002a). Los seleccionadores emplean también la protección de secretos comerciales para mantener en secreto a las líneas parentales de los híbridos, haciendo así difícil que los seleccionadores competitivos consigan un cruce similar. Otro enfoque es intentar desarrollar tecnologías que impidan la germinación o activación de los caracteres específicos de las semillas si no se compra un cierto insumo –las denominadas tecnologías genéticas de restricción del uso (TGRU), también apodadas tecnologías “exterminadoras” y “traidoras” (Capítulo 5. Recuadro 5.5).

A medida que las diferentes empresas con productos y procesos en competencia en esta área hacen un mayor uso de PI, como las patentes y los derechos de los obtentores de nuevas variedades de plantas, para proteger sus inversiones, ha habido más litigios para resolver las disputas (Barton, 1998). Sin estas formas de PI, aunque continuara sin duda la investigación, el modo y ritmo con el que se desarrollarían y comercializarían sus resultados serían casi con seguridad diferentes.

La capacidad de la ingeniería genética de manipular las plantas de manera tal que pudieran ser patentadas indujo a muchos al negocio de la producción de semillas, principalmente a las industrias química y farmacéutica. En las dos últimas décadas, éstas han invertido miles de millones de dólares en I + D de biotecnología agraria y quieren ver rendimientos a su inversión, lo que significa que los productos que han desarrollado tienen que ser empleados comercialmente lo antes posible. Estas compañías tienen una larga historia en la utilización de patentes como herramientas empresariales y demandan cierta forma de control sobre sus derechos a las herramientas de investigación que han desarrollado, así como derechos para impedir que sus productos sean usados de nuevo, como las semillas, sin su permiso o posterior pago. Fueron uno de los grupos importantes exigiendo la posibilidad de patentar organismos vivos, y continúan dentro de los principales actores exigiendo reglas internacionales de PI más fuertes.

Recuadro 1.6 Regulación de la biotecnología agraria.
¿Priorización de la propiedad real o intelectual?

Christopher Rodgersa

La aparición de la biotecnología agraria y el patentado de los organismos genéticamente modificados (OGM) para su uso en la producción agraria –inicialmente en los Estados Unidos y en Canadá, pero ahora mucho más ampliamente– plantea un cierto número de temas legales muy difíciles. Existe un conflicto inherente entre el papel tradicional de la ley para proteger la propiedad privada (calificada por los abogados como “propiedad real”) y el uso de la ley de la propiedad intelectual para proteger innovaciones en tecnología genéticamente modificada (GM). Esto no es simplemente un asunto de principios legales –los temas en discusión tienen dramáticas implicaciones en el futuro de los agricultores de los países en desarrollo y en la seguridad alimentaria.

En el ámbito del “common law”, el mecanismo primario para proteger los derechos de un propietario es la ley de perjuicios y entrada sin autorización en propiedad ajena. ¿Pueden los agricultores que no usan GM emplear la ley de perjuicios para reclamar daños por la supuesta “contaminación” de sus cosechas por la polinización cruzada de cultivos GM y posteriores (por ejemplo mandamientos judiciales) para impedir otras polinizaciones cruzadas? Este polémico asunto se ha repetido en los tribunales de Canadá (en Hoffman, LB Hoffman Farms Inc. y Beaudoin v. Monsanto Canada y Aventis Crop Science Canada Holding Inc (2005)b y en los Estados Unidos (en Star Link Corn Products Liability Litigation (2002)c), sin una resolución concluyente. El único caso inglés en el que se han discutido estos temas fue R v. Secretary of State for the Environment ex parte Watson (1999)d. En este caso, la concesión de una licencia para ensayos de campo de maíz GM fue cuestionada en un recurso de inconstitucionalidad por un productor de maíz dulce vecino. El recurso no tuvo éxito debido a la falta de voluntad del tribunal de interferir en la evaluación de riesgos realizada por asesores científicos especialistas del Gobierno del Reino Unido, el Advisory Committee on Releases to the Environment (ACRE). La evaluación del riesgo ambiental realizada por ACRE indicaba que el peligro de contaminación era tan pequeño como para ser estadísticamente insignificante. Durante un corto juicio que rechazó la reclamación, el presidente del tribunal, Buxton, comentó que el caso del acusado “parecía un caso de perjuicio privado” y debía ser definido como tal, pues la reclamación tenía en definitiva como objeto restringir el derecho del instituto de investigación para utilizar su propiedad con un propósito por otra parte legítimo. El tribunal caracterizó a la agricultura ecológica como un uso “hipersensible” de la tierra que no sería protegido por la ley de perjuicios.

Aunque los temas no fueron examinados en profundidad, este caso ilustra las dificultades considerables que tiene cualquier agricultor ecológico que pretenda hacer valer responsabilidades legales por una supuesta “contaminación” GM de su tierra o cultivo. Existen problemas difíciles de causalidad y en establecer que la fertilización cruzada de un cultivo sin GM constituye un “daño” a la propiedad en el sentido requerido, o bien causa una interferencia injustificada en el uso de la tierra por el agricultor.

Por otra parte, los tribunales han adoptado una posición radicalmente diferente en la protección de la propiedad intelectual. Una de las célebres causas en la reciente historia de la ley sobre tecnología es la decisión de los tribunales canadienses en Monsanto v. Schmeiser (2004)e. Monsanto demandó con éxito a un cultivador de canola de Saskatchewan, Percy Schmeiser, por daños porque Schmeiser había adquirido (sin su consentimiento) el gen RT73 patentado por Monsanto. Este gen proporciona resistencia al herbicida glifosato “Roundup” de amplio espectro de Monsanto. La base legal para la reclamación con éxito de Monsanto por infringir la patente fue el reconocimiento del tribunal de que podían mantener la protección en el gen patentado, incluso cuando hubiera pasado por fertilización cruzada al cultivo de canola de Schmeiser. El Tribunal Supremo de Canadá no vio nada que impidiera el reconocimiento de dos tipos de derechos de la propiedad que subsistían simultáneamente en el cultivo de Schmeiser, el del agricultor en la tierra y los cultivos que producía, y el de Monsanto en un gen que proporciona resistencia a su herbicida Roundupf. A diferencia del perjuicio (que requiere la prueba de interferencia “injustificada” en los derechos de la propiedad), la ley que protege los derechos de las patentes se basa en la estricta responsabilidad: Schmeiser violaba la ley de patentes simplemente porque había cosechado un cultivo en el que sabía o debería haber sabido que estaba presente el gen patentado, y había guardado (como es práctica corriente en la agricultura de todo el mundo) una parte de las semillas y vuelto a sembrar al año siguiente.

Al proteger los derechos de la patente de Monsanto, los tribunales canadienses dieron prioridad a los derechos PI de la empresa sobre los derechos de la propiedad real del agricultor. Esto no es solamente discutible por contravenir el principio del derecho ambiental de que “el que contamina paga” –si este enfoque tuviera que ser adoptado en otras jurisdicciones, comprometería los derechos legales de los agricultores que no usan GM, que podrían encontrar mucho más difícil mantener métodos de agricultura ecológica y/o tradicionales frente a la expansión de GM en los sectores tradicionales de la agricultura-, sino que también explica un tema más amplio, que es la forma en la que los derechos PI pueden ser utilizados por sus propietarios para conseguir el control sobre el sistema de producción de alimentos, y para anular los derechos de los agricultores para usar la tierra y su capacidad para guardar las semillas. La decisión claramente apoya a las empresas biotecnológicas en su afán de proteger sus derechos de patentes, pero las jurisdicciones fuera de Canadá y los Estados Unidos pueden elegir un equilibrio diferente entre los derechos de la propiedad real y los de la propiedad intelectual.

Notas:

a Catedrático de Derecho, Universidad de Newcastle, UK;

b 2002 SKQB No 67, 2005 SKQB 225, (Sashatchewan Court of Appeal);

c 2002 212 F. Supp. 2d 828 (US District Court, Northern District of Illinois);

d 1999 Env. L. R 310 (Court of Appeal, England);

e 2004 SCC 34 (Federal Supreme Court);

f Ver 2004 SCC 34 en el párrafo 96, McLachlin, C. J. y Fish J. Este punto fue defendido convincentemente en la Federal Court of Appeal que dictaminó en el caso Schmeiser: “… no hay base para la propuesta de que la propiedad de una planta tiene que superar necesariamente los derechos del titular de una patente de un gen encontrado en la planta. Por el contrario, la jurisprudencia presenta un cierto número de ejemplos en los que los derechos de la propiedad se ven comprometidos hasta el punto requerido para proteger el monopolio estatutario del titular de la patente. Generalmente, la existencia de tal conflicto de derechos no es relevante para la determinación de violación (de la patente), sino solamente cuando se pone remedio si se encuentra la violación” (Scharlow, J. A., juicio FCA 309 en 2002 en párrafo 51). Ver también Bruce Ziff (2005) “Travels with my plant: Monsanto v. Schmeiser revisited, University of Ottawa Law and Technology Journal, vol 2, en particular pp. 501-503; Jennifer Chandler (quest ed) (2007) “Law and technology: Exploring the role of the law in the conflict between organic farming and biotechnology”, Bulletin of Science, Technology and Society, número especial, parte 1, vol 27, no 3, pp. 18-25.

Cada vez hay más preocupación por parte de algunos investigadores y ONG de que la exposición a la gran cantidad de herramientas de la PI empleadas por las grandes compañías, que las usan de manera muy sofisticada, pueda tener un importante impacto adverso en las formas de vida de la gente y en la seguridad alimentaria, particularmente en los países en desarrollo. En parte se piensa que esto es el resultado del mayor control de las empresas, socavando los medios de vida y los sistemas locales de agricultura y promoviendo modelos no aconsejables de consumo (ActionAid International, 2005). Cuando las herramientas de la PI se combinan con otros requisitos de los compradores (por ejemplo identificación del lugar de origen), las presiones para excluir a los suministradores a pequeña escala pueden llegar a ser incluso mayores. Para muchos constituye una preocupación especial la presión para que se permitan patentes en todo y en todas partes.

Globalización en marcha

La extensión de las reglas PI globalmente tendrá amplias implicaciones en el control futuro de los alimentos, muchas de las cuales están todavía por llegar. Afectará al acceso a las semillas, conocimientos y cualquier otra cosa protegida por la PI. Sin embargo, el acceso y el intercambio de recursos genéticos son la base de la agricultura. Al mismo tiempo que los sistemas PI se expanden, se están poniendo en práctica, sobre el terreno y en las salas de congresos de todo el mundo, otros regímenes internacionales que interesan a la biodiversidad y a la biodiversidad agraria. En la Parte II hablaremos de estos diferentes regímenes, antes de volver a examinar las experiencias e implicaciones de estos regímenes para nuestra futura seguridad alimentaria (Recuadro 1.7).

Cualesquiera que sean las personas que pretendan conseguir localmente sus alimentos o se dediquen a la agricultura, es necesario que conozcan el conjunto de reglas globales, porque estas normas limitan cada vez más la acción local y nacional. Por otra parte, los cambios en un área suelen afectar a otras. La Parte II de este libro examina estas nuevas reglas, las negociaciones que las rodean, cómo se interconexionan y la compleja red que crean.

Recuadro 1.7 Seguridad e inseguridad alimentaria, el derecho a los alimentos y la soberanía sobre los alimentos

En la discusión para asegurar que todo el mundo tiene suficientes alimentos para comer, producidos por un sistema alimentario sostenible, se emplean varios términos.

Según la FAO:

Seguridad alimentaria es una “situación que existe cuando toda la gente y en todos los tiempos tiene acceso físico, social y económico a unos alimentos suficientes para una vida activa y sana”

Inseguridad alimentaria es una “situación que se da cuando la gente carece de un acceso seguro a cantidades suficientes de alimentos sanos y nutritivos para su normal crecimiento y desarrollo, y una vida activa y sana. Puede ser causada por la no disponibilidad de alimentos, el insuficiente poder adquisitivo o la inadecuada distribución o uso indebido de los alimentos a nivel familiar. La inseguridad alimentaria, malas condiciones de salud y salubridad y prácticas inadecuadas de cuidados y alimentación son las principales causas de la pobre situación nutricional. La inseguridad alimentaria puede ser crónica, estacional o transitoria”.

• El Derecho a la alimentación es un derecho legalmente vinculante que fue reconocido en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre en 1948 y en el Acuerdo Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales en 1967 (ahora ratificado por 156 países). En 2004, los gobiernos con representación en la FAO aprobaron un conjunto de “directrices voluntarias para promover la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional”. Estas directrices tienen por objeto “proporcionar una orientación práctica a los Estados en su implementación de la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional, con el fin de lograr los objetivos del Plan de Acción de la Cumbre Mundial de la Alimentación”.

Muchos agricultores, ganaderos, pescadores, pueblos indígenas y organizaciones no gubernamentales (ONG) están demandando la adopción de un concepto más amplio de:

Soberanía sobre los alimentos, que está “basada en el derecho humano a la alimentación y a la autodeterminación, en los derechos indígenas sobre su territorio, y en los derechos de la gente rural a producir alimentos para los mercados locales y nacionales. La soberanía sobre los alimentos defiende la agricultura con agricultores, la pesca con familias que pescan artesanalmente, la silvicultura con comunidades forestales y estepas con pastores nómadas”. En el Foro de Nyéléni 2007 para la Soberanía sobre los Alimentos de Mali (ver www.fao.org/righttofood; www.nyeleni2007.org), los participantes identificaron seis pilares de la soberanía sobre los alimentos: centrarse en la alimentación de la gente, evaluar los suministros alimentarios, localizar sistema de alimentación, ejercer localmente el control, promover conocimientos y habilidades, y trabajar con la naturaleza. (ver Capítulo 8, Recuadro 8.2).

Fuente: FAO (2001); Mulvany (2006); Windfhur y Jonsen (2005).







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